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El Supremo da la razón a una comunidad de propietarios y prohíbe a un vecino usar el trastero como plaza de aparcamiento.

No tenía autorización ni licencia para dicha actividad que, además, era contraria a la Ley de Propiedad Horizontal.

 

El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón a una comunidad de propietarios y ha prohibido a uno de ellos el uso del trastero como plaza de aparcamiento, al considerar que no tenía autorización ni licencia para dicha actividad que, además, era contraria a la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

Se trata de una comunidad de propietarios de un edificio de Villena (Alicante) con licencia para 26 plazas de aparcamiento y 26 cuartos trasteros, como certificó la secretaria del Ayuntamiento en un documento en el que advertía que “cualquier otra información en cuanto a vehículos alteraría las condiciones de seguridad sobre las que había sido concedida la licencia”.

El antiguo propietario del trastero y de la plaza de garaje número 25 derribó el tabique que los separaba y empezó a guardar dos vehículos, sin autorización de la comunidad, pero dejó de hacerlo después de que ésta hablara con él.

La comunidad de propietarios también habló con la inmobiliaria que gestionó la venta del garaje a la propiedad demandada para que informara de que compraba un solo garaje y un solo trastero, como constaba en la escritura, y no dos plazas de garaje. Pese a ello, los nuevos propietarios utilizaron el trastero para aparcar un segundo vehículo, por lo que la comunidad los demandó.

El caso recayó en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Villena, que estimó la demanda de la comunidad de propietarios. Concluyó que ese uso ilegítimo mermaba las condiciones de seguridad para los que la licencia de apertura fue concedida y podía llegar a mermar los derechos de los demás vecinos en el supuesto de que tuvieran que utilizar el seguro colectivo, concertado para 26 plazas de aparcamiento de vehículos y 26 trasteros.

La sentencia de primera instancia fue recurrida en apelación por los demandados y la Audiencia Provincial de Alicante estimó su recurso -sentencia número 390/2019, de 26 de septiembre-, permitiéndoles el uso del trastero como garaje, argumentando que había otros propietarios que estacionaban varios vehículos y que la comunidad no se había opuesto a ello. E impuso condena en las costas de primera instancia a la parte demandante y sin condena en las de esta alzada a ninguna de las partes.

Entonces, la comunidad de propietarios se alzó en casación ante el Tribunal Supremo y la Sala de lo Civil le ha dado la razón en una sentencia dictada el pasado 23 de febrero (239/2024), que firman los magistrados Francisco Marín Castán (presidente), María de los Ángeles Parra Lucán y Antonio García Martínez, que ha sido el ponente.

«La sentencia del Supremo reconoce el derecho de la comunidad de propietarios a defender que los propietarios de trasteros no puedan modificarlos para usarlos como garajes y considera que cambiar el uso de un trastero a garaje altera la seguridad del edificio y constituye una actividad prohibida», declara a Economist & Jurist la abogada que ha llevado el caso, Celia Lledó Rico, con despacho propio en Villena, Lledó Servicios Jurídicos. Celebra que el Alto Tribunal «ponga fin a este conflicto entre vecinos que ha durado tres años».

El criterio de la Audiencia no es correcto, sentencia el TS

El Alto Tribunal sentencia que el criterio de la Audiencia (Sección Quinta) no es correcto y que «atendidos los términos, claros y taxativos, del certificado emitido por la secretaria general del Ayuntamiento de Villena» hay que concluir que estos propietarios, «al utilizar el espacio destinado a trastero como plaza en la que poder estacionar un segundo vehículo, no solo han añadido, en sentido semejante al de la sentencia 996/2007, de 20 de septiembre, también citada por la recurrente, una plaza de aparcamiento más a las 26 que se describen en el título constitutivo sin el consentimiento de la comunidad, sino que, además, están incumpliendo las condiciones en las que el Ayuntamiento de Villena concedió la licencia de apertura para la actividad de garaje privado en el edificio comunitario».

«Por lo tanto, los recurridos hacen algo que no les está permitido y que contraviene las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas, que es el modo en el que se sigue expresando, para describir uno de los tipos de actividades no permitidas, el artículo 7.2 LPH, precepto legal que, al contrario de lo que considera la Audiencia Provincial, sí resulta de aplicación en el presente caso”, razonan los magistrados.

Además, destaca que el hecho de que los recurridos «no sean los únicos que aparcan dos vehículos no es óbice a lo anterior ni puede justificar que actúen por la vía de hecho y al margen de las vías legales que están abiertas y a su disposición si consideran que están siendo injustificadamente discriminados o tratados con abuso de derecho por la comunidad, lo que en el presente procedimiento no han planteado en ningún momento”.

Fuente: Economistjurist

Descartan sancionar a una aseguradora que informó al presidente de propietarios sobre su exmujer.

La Audiencia Nacional deniega la solicitud de la afectada, que alega que su exmarido utilizó a su favor los datos en el divorcio.

La Audiencia Nacional ha rechazado sancionar a una aseguradora que informó a un presidente de la comunidad de propietarios sobre las actividades de su exmujer, datos sobre su vida personal que posteriormente usó a su favor durante el divorcio.

Así, la Sala de lo Contencioso Administrativo del tribunal ha rechazado el recurso presentado por la exesposa, que pedía que sancionaran a la entidad por «haberse visto humillada» ante toda la comunidad y una indemnización de 2.000 euros por violar su derecho al honor y la intimidad.

Actividades en las instalaciones de la comunidad

Según recoge la sentencia, la propia empresa expone que en mayo y en septiembre de 2019 cuando el entonces presidente del edificio les solicitó un informe con respecto a las actividades que se realizaban en la comunidad: aerobic, cardio… Además de pedir quién organizaba las clases, el hombre requirió específicamente que le anotaran en cuáles participaba su exmujer.

Cuando se enteró la expareja, presentó una hoja de reclamación ante la aseguradora y le respondieron que es la “obligación de la empresa de atender las solicitudes de información del presidente de la Comunidad de Propietarios”.

La Agencia de Protección de Datos archivó el caso

Ante la negativa de la entidad aseguradora, la mujer acudió a la Agencia Española de Protección de Datos, a quién reclamó que sancionara a la empresa “por haber facilitado los días 22 de mayo y 16 de septiembre de 2019 información privada y personal a su ex pareja, entonces, el presidente de la comunidad de propietarios, la cual había sido utilizada en su proceso de divorcio, por lo que se habían revelado datos personales sin su consentimiento, produciéndose además, una violación de su derecho al honor y a la intimidad”.

Sin embargo, tras realizar las investigaciones pertinentes y comprobar los hechos, Protección de Datos archivó el caso.

No tiene legitimidad

Ahora, la mujer ha impugnado la resolución de la Agencia Española para que la Audiencia Nacional revise lo ocurrido y sancione a la aseguradora, pero la sentencia tampoco es favorable para ella.

El magistrado del alto tribunal argumenta que no tiene potestad para pedir que se sancione por incumplimiento de la protección de datos a la aseguradora, en este caso, pues ese poder le corresponde a la Administración únicamente. Ya que Protección de Datos se pronunció al respecto, el recurso queda desestimado, aunque todavía se podrá recurrir ante el Supremo.

Fuente: Elconfidencialdigital.com

Desacreditar a un constructor por deficiencias en la construcción de una casa daña su reputación.

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la libertad de expresión no justifica el descrédito perjudicial o innecesario de la conducta profesional.

Según una reciente sentencia del Tribunal Supremo, las actividades informativas en una pequeña ciudad durante un largo periodo de tiempo que menoscaban el prestigio profesional de una empresa constructora y perjudican sus actividades empresariales vulneran el derecho constitucional al honor.

En este caso, un ciudadano compró una casa en 1997 a una constructora de Alcázar de San Juan (Ciudad Real), pero pronto se le produjo una grieta y la empresa tuvo que pagar 80.000 pesetas por orden judicial En 2004, el comprador presentó una nueva reclamación por vicios ruinosos en la vivienda y volvió a recibir 5.000 euros y una resolución parcial positiva.

A pesar de estas valoraciones positivas, en 2017 un ciudadano inició una campaña de desprestigio contra la constructora y su reputación profesional, colocando carteles en su casa indicando que la vivienda había sido construida por esta empresa y marcando las grietas con flechas. Además, cada quince días pegaban carteles por la ciudad e increpaban verbalmente a los trabajadores y a los familiares de los propietarios de la empresa constructora.

Tanto en el juzgado como en la Audiencia de Ciudad Real, el tribunal dictaminó que los ciudadanos habían interferido ilegalmente en el derecho de la empresa constructora a defender su honor y que no estaban amparados por el derecho legal a la libertad de expresión.

La sentencia de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo, cuyo ponente fue el magistrado Antonio García Martínez, reconoció la prevalencia del derecho al honor de la empresa sobre el derecho a la libertad de expresión de los ciudadanos, que habían recurrido la decisión del Tribunal Estatal.

Prestigio profesional

Para llegar a esta conclusión, los magistrados del Tribunal Supremo analizaron en primer lugar el derecho al honor de las empresas, considerando que las personas jurídicas privadas, al igual que las personas físicas, tienen derecho al honor.

La protección de este derecho incluye la protección del prestigio profesional, y se atenta contra el prestigio profesional o empresarial, «aunque de menor intensidad cuando su titular es una persona jurídica». Además, «requiere una cierta intensidad» y, según el juez, «no basta la mera crítica de la actividad profesional, máxime cuando conduce a la inhabilitación perjudicial o innecesaria de la actividad profesional mediante humillaciones que menoscaban la integridad y ética de la persona en el ejercicio de dicha actividad».

En segundo lugar, los jueces analizaron el conflicto entre el derecho al honor y la primacía de la libertad de expresión, que tiene el carácter trascendente de conformar una opinión pública plural. Sin embargo, consideraron que para que se aplique este privilegio de la libertad de expresión, el contenido expresado debe ser de interés general o de importancia pública (dada la prominencia del tema o de la persona a la que se dirige, o ambas cosas) y debe guardar la necesaria proporcionalidad con la difusión.

Además, el Tribunal Supremo considera que la libertad de expresión no se extiende a la descalificación por atribuir a una persona o empresa hechos reprobables por la opinión pública o que desacrediten la conducta, siendo exigible la veracidad de los hechos cuando exista la posibilidad de difamación de la persona criticada El Tribunal considera que tal situación no se da en el presente caso.

Los jueces de primera instancia también consideran que, a pesar de que la empresa ejecutó dos sentencias condenatorias en las que los compradores guardaron silencio, la actuación de los ciudadanos (en una ciudad pequeña, en público y durante mucho tiempo) para responsabilizar al vendedor no puede considerarse una crítica legítima en interés del consumidor.

Además, los jueces consideraron que el ciudadano actuó «para tomarse la justicia por su mano, para mostrar a la opinión pública que la constructora es una empresa que hace un trabajo pésimo, y para molestarles para que no compren a la constructora».

Por otro lado, se consideró que la conducta del público constituía un intento injustificado y desproporcionado de satisfacer extralegalmente intereses privados ejerciendo presión a través de una campaña con el objetivo directo de dañar la imagen y la reputación profesional de la empresa constructora y perjudicar su negocio.

En consecuencia, la sentencia mantiene el criterio del Fiscal sobre los requisitos que debe reunir la información que pueden facilitar los consumidores sobre la calidad de los bienes y servicios. La decisión explica que la libertad de expresión de los ciudadanos no cumple los parámetros de proporcionalidad, ya que no corresponde a una respuesta proporcionada a sus intereses y a su protección.

Además, a pesar de la decisión favorable, los ciudadanos llevaban mucho tiempo promoviendo una campaña de información en una pequeña ciudad, lo que menoscababa el prestigio de la empresa constructora. Por estas razones, el Tribunal Supremo consideró que los ciudadanos habían «intentado hacer efectivas sus pretensiones mediante la difamación».

Los obstáculos legales impiden a 1,7 millones de municipios firmar contratos de TUR este invierno.

Los contratos basados en precios regulados requieren un certificado de eficiencia energética expedido por un instalador oficial.

calefaccion comunidades

La última ley de protección de los consumidores frente a las subidas de los precios de la energía (RDL/18/2022, de 18 de octubre), aprobada por el Gobierno, establece que las asociaciones de viviendas particulares usuarias de calefacción y agua caliente podrán celebrar contratos basados en la tarifa final de precios (TUR) del gas natural. Hasta ahora, este precio regulado sólo se aplicaba a los consumidores domésticos con un consumo anual inferior a 50 000 kWh y una presión inferior a 4 bares.

Esta normativa ha permitido a algo más de 6 millones de usuarios de 1,7 millones de municipios, es decir, el 23% de todos los usuarios, superar los límites de consumo legales con un solo contador (una dirección de entrega). Así, hasta ahora, sólo tenían derecho a utilizar la TUR los usuarios de viviendas particulares (unos 24 millones de personas) que cumplían esta condición.

Antes de la crisis energética provocada por la invasión rusa de Ucrania, esta cuestión no era relevante, ya que era fácil encontrar precios competitivos en el mercado libre. Sin embargo, la decisión del Gobierno de intervenir la TUR y el aumento de los precios del gas natural discriminaron a los hogares que utilizan calderas comunitarias.

Sin embargo, fuentes del sector afirman que, a pesar de las buenas intenciones, las medidas fracasarán este invierno debido a los obstáculos burocráticos de la normativa. El Gobierno tomó esta decisión al mismo tiempo que decidía subvencionar las tarifas de la TUR de gas, que no pueden subir más de un 5% trimestral, con cargo a una partida presupuestaria de 3.000 millones de euros. Además, la nueva tarifa para las Comunidades Autónomas (70 euros/MWh) es ligeramente superior a la tarifa estándar de la TUR (40-50 euros/MWh), pero dista mucho del precio de mercado (140-150 euros/MWh) que deben pagar las Comunidades Autónomas.

Hasta ahora, sólo unas pocas zonas residenciales han negociado con éxito contratos con la TUR (o, según algunas fuentes, ninguna), y la ley aprobada por Real Decreto en octubre supedita el uso del sistema a las siguientes condiciones: acuerdo en junta de propietarios, instalación de un dispositivo de distribución (contador) en cada vivienda, expedición de un carné de instalador público y expedición de un carné de instalador público. Las dos primeras condiciones no son un problema, ya que existe un periodo transitorio hasta septiembre de 2023 para la instalación de contadores. El problema más grave es encontrar un emisor oficial de certificados energéticos. Este grupo no es muy numeroso y los requisitos han aumentado considerablemente.

Algunos distribuidores afirman que no disponen de esa información. En este caso, los distribuidores no quieren ser demasiado estrictos, pero añaden que «no quieren meterse en líos».

También existe el riesgo de que en las comunidades que han contratado con empresas de servicios energéticos, éstas -los intermediarios directos con los residentes que contratan, facturan y mantienen las instalaciones- se queden con los márgenes de ahorro que aportan las nuevas medidas. Ya ha habido casos en los que las empresas han interpretado las medidas en su beneficio, por ejemplo, intentando aplicar un recargo a todo el consumo en lugar de al consumo excesivo.

Nuevos problemas para las compañías de gas reguladas

Subvenciones:

El pasado octubre, el gobierno decidió poner fin a la discriminación por motivos técnicos. Los vecinos de viviendas con caldera de gas compartida no podrán acogerse a la tarifa de último recurso (TUR) para pequeños consumidores. Esta tarifa, que sólo da servicio a 1,5 millones de los 8 millones de hogares (los 6,5 millones restantes optan por el mercado libre), se convirtió en precio estrella cuando el Gobierno decidió subvencionarla con 3.000 millones de euros en los presupuestos de 2023.

Alud:

La medida sobrecargó los cuatro mercados de último recurso (CUR) existentes, que se enfrentaron a una avalancha de solicitudes de transferencia. Las partes interesadas, a través de la patronal Cedigas, han pedido al Ministerio de Medio Ambiente que permita a los proveedores del mercado libre ofrecer TUR o, en su caso, que apoye a los clientes desregulados. De lo contrario, se tardaría un año en completar todas las transferencias.

Comunidades:

Además de esta situación, ahora las comunidades de propietarios también pueden solicitar TUR. Sin embargo, los obstáculos burocráticos hacen casi imposible que los vendedores se unan a este grupo.

Mejoras en el hogar: el BOE publica información sobre las ayudas y beneficios que puede solicitar a partir de hoy.

Existen créditos fiscales de hasta el 60%.

Estas prestaciones directas están exentas del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Este jueves se pone en marcha uno de los objetivos del plan de saneamiento financiado con fondos europeos que ha desarrollado el Gobierno para promover la modernización energética del parque de viviendas español. El miércoles se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) un decreto en el que se recogen una serie de medidas que pondrá en marcha el Ejecutivo y que se centran en ambiciosos programas de ayudas directas y desgravaciones fiscales. El plan de recuperación destina 6.820 millones de euros a la vivienda y se centra en medidas de eficiencia. Las cantidades asignadas son gestionadas por los municipios.

El reglamento prevé un mecanismo de garantía del ICO de 1.100 millones de euros para cubrir parte de los costes de intervención. Además, se destinan 450 millones de euros para cubrir todos los créditos fiscales. El ICO también incluye cambios normativos en la ley de propiedad horizontal para facilitar la labor de las comunidades de propietarios y dotarlas de mayor flexibilidad jurídica.

El plan prevé tres tipos de deducciones y subvenciones, dos de las cuales se aplican directamente a las viviendas individuales y la otra a las obras en toda la vivienda.

Así, se puede aplicar una deducción del 20% a las obras en la vivienda principal cuando la instalación de ventanas de alta eficiencia reduzca la demanda de calefacción y refrigeración en un 7%, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda y año. La deducción puede realizarse en el periodo impositivo en el que se emite el certificado energético, necesariamente antes del 1 de enero de 2023.

Posteriormente, las medidas que reduzcan el consumo de energía no renovable de una vivienda en un 30% o que eleven la clase energética a A o B pueden optar a un crédito del 40%, con una ayuda de hasta 7.500 euros al año.

En este caso, la deducción está disponible desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022 para las viviendas ordinarias y las viviendas alquiladas. También se aplica a los edificios ofrecidos en el mercado de alquiler y alquilados hasta finales de 2023. Al igual que antes, se requiere de nuevo un certificado energético que confirme la intervención.

En el último caso principal, existe una deducción del 60% y una deducción máxima de 15.000 euros para las medidas de regeneración energética en edificios de viviendas en los que se haya reducido el consumo de energía en un 30%, o para los certificados A o B. En este caso, el periodo de deducción es 2021, 2022 y 2023 por el importe pagado en cada uno de estos años si el certificado se emitió antes del 1 de enero de 2024.

Las tres deducciones no son compatibles entre sí en relación con la misma obra. La deducción del 60% de las cantidades invertidas en la rehabilitación de edificios es compatible con la deducción del 20% o del 40% de las cantidades destinadas a obras en edificios residenciales privados, siempre que las obras sean diferentes.

Impuesto sobre la renta de las personas físicas e IVA

El Consejo Superior de Arquitectos de España y el Consejo General de Economistas han publicado recientemente una guía sobre desgravaciones fiscales para la rehabilitación de viviendas y servicios. La guía explica los nuevos incentivos fiscales y su relación con los principales impuestos que afectan a la actividad de renovación: el impuesto sobre el valor añadido y el impuesto sobre la renta de las personas físicas. El documento pretende informar al público sobre las posibilidades de las subvenciones fiscales y las innovaciones.

Actualmente, estas ayudas públicas no están sujetas al impuesto sobre la renta de las personas físicas. Para este tipo de reformas sin solicitar subvención, el importe total de la inversión también puede deducirse en la declaración de la renta dentro de los límites fiscales. Por primera vez, las subvenciones de este tipo están exentas del impuesto sobre la renta, como resultado de la decisión del legislador de promover la recuperación económica.

En cuanto al IVA, para beneficiarse del tipo reducido, el objetivo principal de las obras debe ser la construcción de un edificio y el precio debe superar el 25% del precio de compra. Por ejemplo, si el precio del edificio es de 1 millón de euros, esta cantidad debe dividirse en una parte correspondiente al edificio (por ejemplo, 800.000 euros) y otra correspondiente al terreno (el 20% restante). En este caso, el precio de las obras debe ser como mínimo el 25% de 800.000 euros, o 200.000 euros, para poder aplicar el 10% de IVA.

Estudios de caso

Por ejemplo, esta publicación presenta varios estudios de casos para determinar el impacto de la ayuda. Uno de ellos es la renovación integral de un edificio con 20 unidades residenciales, incluido el interior. El coste total de las obras realizadas en el edificio es de 600 000 euros, de los cuales la subvención es de 376 000 euros. Por lo tanto, cada propietario tiene que asumir los costes de 30 000 euros. Sin embargo, si se suman las subvenciones directas y los créditos del impuesto sobre la renta, los propietarios recibirán un total de 25 520 euros, lo que significa que el coste final de las obras será sólo de 4 480 euros.

En algunos casos, las obras en el edificio principal han reducido la demanda de calefacción y refrigeración en un 10%. En este caso, el coste de la obra es de 5.000 euros, por lo que se recibe una subvención directa de 2.000 euros, que se suma a la bonificación del 20%, lo que supone un ahorro adicional de 600 euros. El coste real de la intervención es, por tanto, de 2.400 euros.

Un último ejemplo es el trabajo para reducir la demanda de calefacción y refrigeración en las viviendas de alquiler en un 10%. El valor de la obra es de 9.000 euros y la subvención es de 3.000 euros. En este caso, la deducción por las características y resultados de la intervención es del 40% de los 6.000 euros restantes, es decir, otros 2.400 euros. Por tanto, el coste final de la obra es de 3.600 euros.

El Tribunal Supremo dictamina que los propietarios de plazas de garaje no tienen derecho a utilizar la piscina comunitaria de un edificio

comunidad de propietarios piscina

Un juez ha dictado sentencia en un caso en el que el propietario de una piscina comunitaria en Calvià había demandado para impedir que un hombre que poseía varias plazas de aparcamiento en un edificio utilizara la piscina.

El Tribunal Supremo dictaminó que ser propietario de una plaza de aparcamiento no da derecho a utilizar una piscina en el mismo edificio. Los jueces han fallado a favor de un caso presentado por una asociación de vecinos de la localidad balear de Santa Ponsa contra el propietario de una de las plazas de aparcamiento, que pretendía utilizar la piscina a pesar de que no era propietario ni vivía en ninguna vivienda del complejo. El propietario del aparcamiento no era un residente sino un «usuario del aparcamiento» y no tenía derecho a utilizar la piscina, dijo el Tribunal Supremo.

Los magistrados de la Sala de lo Civil examinan varios convenios firmados por la sociedad de vecinos Santa Ponsa en la localidad mallorquina de Calvià; el convenio, firmado en junio de 2017, incluye en su apartado octavo la prohibición de «la utilización de la piscina (pista deportiva) por parte de los propietarios de garajes que no tengan vivienda en el complejo». Uno de los propietarios de este aparcamiento ha acudido a los tribunales.

El Tribunal de Primera Instancia de Parma reconoció su derecho a utilizar la piscina, estimó íntegramente su demanda y anuló la prohibición. El propietario del aparcamiento también puede utilizarlo. El Tribunal del Estado de las Islas Baleares confirmó la decisión y la asociación de vecinos decidió llevar el caso al Tribunal Supremo nº 1 contra uno de los usuarios del garaje. El hombre que interpuso la demanda siempre había alegado que había varias plazas de aparcamiento en el edificio y que había «compartido los gastos asociados a la piscina, derecho de uso del que había sido privado».

El Tribunal Supremo acaba de fallar a favor de la comunidad de propietarios, explicando que los propietarios de las plazas de aparcamiento no participan en los costes asociados a la piscina y otras instalaciones. También dijo que nada en los estatutos permitía a los propietarios de aparcamientos utilizar las instalaciones. Aunque dispongan de plazas de aparcamiento, «no son residentes sino usuarios de las mismas», dice la ordenanza.

La comunidad de vecinos tenía derecho a «prohibir expresamente el uso de la piscina» a personas como este hombre, que tenía una plaza de aparcamiento pero no una vivienda propia, dijo el juez. El Tribunal Supremo dictaminó que el acuerdo de no tener una piscina no afectaba a sus derechos como propietarios de la plaza de aparcamiento.

‘Una piscina es un elemento común, pero no tiene nada que ver con una plaza de aparcamiento o un coche. Por lo tanto, el uso de la piscina es incompatible con la naturaleza y la finalidad de la adquisición del garaje», dijo el Tribunal Supremo.

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La que se avecina”: una realidad de las comunidades de propietarios en 2022.

Las reuniones presenciales volverán este año, y tendremos que preparar la transición a los contadores de calor individuales y solicitar subvenciones para la eficiencia.

Llegar a presidir una comunidad de vecinos nunca ha sido fácil, con la necesidad de reformar y hacer frente a los atrasos en las contribuciones de los propietarios, pero este año, con la nueva normativa de gestión de residuos, la obligación de instalar contadores individuales de calefacción, además de la posibilidad de solicitar diversas ayudas a la eficiencia energética, y la vuelta de las reuniones presenciales Es un panorama más complejo.

La situación financiera es difícil. En el pasado, las asociaciones de inquilinos se han enfrentado a menudo a problemas financieros debido a la necesidad de ciertas reformas y gastos de emergencia, así como a la morosidad o el impago de algunos propietarios, pero este año, debido a la reducción de los ingresos y al aumento de la inflación durante lo peor del coronavirus, el poder adquisitivo de los residentes se ha reducido, y esto se ha concentrad

o en las facturas de energía. La situación se ha complicado aún más al concentrarse y afectar a la propia comunidad. Además, muchas personas están sufriendo retrasos y un aumento de los no pagadores, es decir, un incremento gradual del número de pagos dependientes, algunos de los cuales son anteriores al inicio de la pandemia.

Las reuniones presenciales vuelven. El año nuevo supone la vuelta a las reuniones presenciales. El 1 de enero del año pasado se derogó el Real Decreto Ley 8/2021 de 4 de mayo, un potencial polvorín tras casi dos años de reuniones virtuales. El 8/2021 de 4 de mayo puso fin a las reuniones presenciales periódicas de los propietarios en favor de las reuniones telemáticas o algo así sin presencialidad, pero fue derogado el 1 de enero. Sin embargo, debido al gran número de casos de infecciones por coronavirus en las últimas semanas, los expertos recomiendan una serie de medidas de seguridad, como reducir la duración de las reuniones y el número de participantes, evitar asistir a los actos si se presentan síntomas, celebrar las reuniones en salas grandes y bien ventiladas y mantener una distancia de seguridad. Cuando se hable, utilice una máscara de tipo FPP2 si es posible. Si es posible, procure que los participantes permanezcan sentados durante toda la reunión. También se podría considerar el uso continuado de sistemas telemáticos para las reuniones y el voto por correo para fomentar la no asistencia de los residentes infectados, así como la ampliación más allá de los coronavirus para proporcionar flexibilidad para futuras reuniones.

Ley de Residuos y Suelos Contaminados. El 23 de diciembre, el Congreso estadounidense aprobó la Ley de Residuos y Suelos Contaminados. Esta ordenanza se centra en la detección y eliminación del amianto en los edificios públicos, pero también puede incentivar la eliminación del amianto en las zonas vecinas. La ordenanza exige la creación de un «mapa de amianto» de los edificios públicos que contienen amianto y establece un calendario para la eliminación de este en el plazo de un año. Esto puede ser una advertencia o una precaución para que la comunidad de propietarios pueda revisar las instalaciones antiguas y detectar la presencia del mineral. El uso de este material está prohibido en España desde 2002 debido a las evidencias científicas que demuestran que la exposición al mismo aumenta el riesgo de enfermedades graves como el cáncer de pulmón, laringe y mesotelioma, explicó Amisur. El material se utiliza en las cubiertas, los ascensores y el aislamiento de Uralite.

Instalación de contadores individuales de calefacción El Real Decreto de 4 de agosto de 2020 se aprobó  por el que se regula la instalación de contadores individuales en los edificios con sistemas centrales de calefacción y refrigeración construidos antes de 1998, año en el que se aprobó el «Reglamento de sistemas de calefacción en los edificios». Este decreto pretende reducir el uso ineficiente de la energía, que ha sido a menudo el caso. La calefacción central se ha vuelto inútil. También aumenta el uso de calefactores eléctricos, ya que pueden no ser suficientes para algunas viviendas que faltan. Sin embargo, hay algunas advertencias: todos los edificios deben tener instalados estos contadores individuales antes del 1 de mayo de 2023, por lo que este es un año crucial para su introducción.

Subvenciones a la eficiencia energética. El Real Decreto de 5 de octubre de 2020 sobre medidas de transición energética permite a las comunidades de propietarios realizar obras de rehabilitación energética en los edificios hasta finales de 2023 para reducir el consumo de energía en un 30% o entrar en la categoría A o B, con una deducción del 60% Esto ya se puede hacer. El importe de la deducción se ha incrementado a 5.000 euros anuales, hasta un total de 15.000 euros. Además, el Decreto permite la aprobación de estas acciones de ahorro energético en las localidades vecinas por mayoría simple de votos. Es lo mismo que ocurre cuando se discuten y aprueban otras intervenciones típicas, como la instalación de ascensores o la mejora de la accesibilidad de los edificios. El plazo máximo para iniciar la rehabilitación de edificios y viviendas con estas ayudas es el 31 de diciembre de 2022, y dados los actuales retrasos en la construcción, las comunidades deben darse prisa.

Fondos Next Generation. Ayudas para rehabilitación de vivienda.

Los Fondos Europeos de Nueva Generación proporcionarán más de 6.800 millones de euros en ayudas directas para la renovación energética de edificios, de los cuales 3.400 millones se destinarán directamente a la renovación de viviendas. Pero, ¿cómo pueden los propietarios obtener estas ayudas para renovar sus viviendas?

Francisco Javier Martín, director general del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Consejería de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, aclara todas las dudas sobre cómo funcionarán estas ayudas y qué papel jugará el agente rehabilitador que gestione las ayudas llave en mano.
Las ayudas europeas a la renovación de edificios podrían suponer un verdadero cambio de rumbo para el sector de la renovación. Ya tenemos una serie de objetivos muy ambiciosos que hemos fijado a lo largo de los años, tanto en el Plan Nacional de Energía y Clima como en las distintas estrategias que estamos actualizando para la reconstrucción energética del sector de la construcción en España, donde ya hemos fijado unos objetivos muy potentes relacionados con el ahorro energético y la reducción de emisiones en el país. Sólo el cumplimiento de estos objetivos implica la renovación de 1.200.000 viviendas de aquí a 2030 en términos de envolventes, rehabilitación energética, etc. Y llegar a 7 millones de hogares en 2050.

Lo que estamos reconstruyendo ahora, no siempre con criterios óptimos de rehabilitación energética, ya lo hemos reconstruido en 30.000. En otras palabras, tenemos que multiplicar por diez el número de viviendas que rehabilitamos cada año para alcanzar los objetivos previstos.

Así que la Fundación Next Generation nos da la oportunidad de alcanzar realmente estos objetivos e incluso de ser un poco más ambiciosos, pero también de ser muy realistas en cuanto al impulso que debemos dar en términos de asistencia, comunicación y concienciación para poder hacerlo.

La rehabilitación debe plantearse siempre como una recuperación holística en la que se pueda garantizar la accesibilidad, la retención, etc. Pero también es un requisito que la rehabilitación se realice con criterios de ahorro energético. Pero si se lleva a cabo teniendo en cuenta estos criterios de ahorro energético, puede perturbar globalmente el edificio.


Modelos para recibir ayudas a la rehabilitación de viviendas


Ahora estamos trabajando en reglamentos específicos que abordan los problemas que ya hemos identificado. Uno de los problemas ha sido, obviamente, la gestión de las propias subvenciones, que a menudo puede ser un problema administrativo, lo que facilita varias posibilidades que, en teoría, deberían facilitar mucho la gestión de las subvenciones.

La primera es que un canal de ayuda es la fiscalidad. La gran ventaja de la fiscalidad es que no requiere ningún procedimiento especial, simplemente se introduce la cantidad invertida en la declaración del IRPF con los requisitos necesarios y se tiene derecho a la deducción fiscal. En otras palabras, nadie tiene que dárselo, se produce automáticamente. Así que empezamos con una ayuda muy importante.

Pero incluso en la gestión de la asistencia directa propiamente dicha, la forma en que debe prestarse es muy funcional. En otras palabras, sólo hay que justificar que se ha conseguido el ahorro energético mínimo que exigimos. Y hay que justificarlo con una certificación energética previa y otra posterior. Estas dos certificaciones ya te ayudan.

Al obtener la certificación a nivel de proyecto, ya está recibiendo ayuda. Cuando terminas la renovación, confirmas que has terminado y te pagan.

Además de este plan, todo el proceso necesita financiación bancaria para complementar y apoyar todo el periodo de transición entre la concesión de la ayuda y su pago. Los bancos ya han mostrado mucho interés en esto y vamos a darles un último empujón proporcionando una garantía del 50% del ICO sobre el préstamo de rehabilitación, que es el último empujón que necesitan para salir con su propia financiación.

La barrera económica es una de las que tenemos que superar, pero la más importante, con diferencia, es activar la demanda para que los ciudadanos tomen la decisión de renovar. Estamos hablando de viviendas privadas, comunidades de propietarios, y todos sabemos lo difícil que es tomar decisiones.

Y aunque hemos facilitado el proceso de toma de decisiones modificando la Ley de Propiedad Horizontal para reducir el sistema de mayorías a una mayoría simple, sigue siendo un proceso muy difícil. Y el actor clave aquí es el agente de rehabilitación.

¿Cómo podemos apoyar a las asociaciones comunitarias que quieren invertir en reformas?

El papel del agente de modernización como gestor llave en mano
Uno de los obstáculos más importantes, además de las cuestiones burocráticas como la forma de solicitar las subvenciones, es la falta de conocimiento por parte de las comunidades de propietarios. Muchos propietarios desconocen el potencial que tienen sus edificios en términos de consumo energético. No lo saben y no necesitan saberlo. Desde luego, no saben lo que tienen que hacer para optimizarlo.

El propio enfoque que está adoptando el Gobierno para facilitar las reformas de las viviendas consiste en que los agentes de reformas gestionen los proyectos «llave en mano». En otras palabras, los profesionales como agentes de renovación o agencias de renovación (el perfil puede ser una empresa o un empresario) ofrecen a la comunidad de propietarios su escenario. Para ello, proporcionamos subvenciones al 100%, especialmente para la documentación, un libro del edificio existente para mostrar en qué condiciones se encuentra su edificio y qué potencial de mejora tiene, no sólo en términos de energía, sino también de todos los demás aspectos como la accesibilidad, la conservación, la salud y la seguridad, etc.

Esto significa solicitar subvenciones, cobrarlas, pagar a terceros (constructores, ingenieros, financieros), encontrar la financiación privada necesaria… Todo esto lo puede hacer un agente de rehabilitación.

Hay que intentar movilizar al sector para que aporte toda esta gestión «llave en mano».

Un salto exponencial es también la creación de un nuevo campo de trabajo. Actualmente no existe un gestor de la rehabilitación como tal y creo que la oportunidad de aprovechar esto para crear un nuevo modelo para el sector de la rehabilitación es también muy importante.


¿Qué hay que hacer para convertirse en gestor de rehabilitación? ¿Cómo funciona el sistema?

Un gestor de rehabilitación puede ser cualquier persona que organice y preste servicios de rehabilitación a la comunidad de propietarios, sin necesidad de tener un perfil específico. La competencia y la propia actividad crean una especialización y también hacen que algunos agentes sean más creíbles que otros. Sin embargo, creemos que puede ser una empresa de construcción, una empresa de servicios energéticos, un arquitecto, un calculista o un gestor.

Actualmente estamos enviando dinero para apoyar a las autoridades locales para que puedan contratar. Sin embargo, la desgravación fiscal entró en vigor el 5 de octubre, lo que nos permite incluir el coste de este concepto en nuestra declaración de la renta sin esperar al beneficio. En este caso, el beneficio ya es un crédito fiscal del 60% de la inversión en rehabilitación, hasta 15.000 euros por vivienda.

Ahora es necesario reunir el mayor número posible de estos potenciales rehabilitadores. Por supuesto, las asociaciones profesionales son muy activas en este ámbito, al igual que las empresas de construcción. Todos los que han formado parte de la cadena de renovación tomarán lógicamente las riendas. Sin embargo, también es el momento de las alianzas. Esto significa que habrá muchas alianzas entre los distintos perfiles que componen el perfil del rehabilitador.

Este interés ya se percibe en el mundo profesional, tanto en las empresas como en los empresarios individuales, y es muy bueno que las oportunidades se amplíen. Tenemos que fomentar la colaboración entre los distintos agentes que pueden proporcionar un edificio realmente mejor para los ciudadanos. Y en eso consiste el sector. Más que vender un perfil profesional o empresarial, o sobre todo un interés por las motos, hay que crear confianza en que la comunidad de propietarios aceptará el producto como tal, adaptándolo a lo que realmente necesita.

Sea cual sea el perfil de rehabilitación, tenemos que transmitir esa confianza y comunicar la solución.

Hay otra cosa importante en todo este proceso. Es que tenemos que responder a la demanda que ya existe por parte de las asociaciones comunitarias y los ciudadanos, que están más preocupados por la asequibilidad y la conservación que por las cuestiones energéticas. Tiene que satisfacer estas demandas energéticas, que son estratégicas para el país. Esto es lo que nos impulsa a invertir los fondos públicos con gran ambición.

¿Cómo se solicita la ayuda para la renovación de la vivienda?


Como actualmente estamos en las fases intermedias de la solicitud de créditos fiscales, ya existe una base sólida y las ayudas directas estarán probablemente disponibles en el primer trimestre de 2022, dependiendo de lo que busque cada municipio.

Si los propios propietarios tienen suficiente conocimiento, podrán ponerse en contacto con los respectivos ayuntamientos cuando se convoquen las ayudas.

Pero lo más fácil es ponerse en contacto con los agentes de rehabilitación que ya están intentando movilizarse. ¿A través de quién? A través de las asociaciones profesionales, las asociaciones sectoriales o las oficinas de rehabilitación, que se crearán en los próximos meses y ya están funcionando en muchos municipios. Este es el primer lugar donde podemos preguntar cómo podemos ayudar y obtener información sobre los agentes de rehabilitación que podemos consultar.

Sin embargo, ahora tenemos acuerdos con asociaciones profesionales en los que actúan como oficinas de rehabilitación para proporcionar información y acelerar un poco el proceso.

Lo principal es encontrar un agente de rehabilitación que inspire confianza y credibilidad y ponerse en sus manos. Porque son los que pueden hacer todo el papeleo, organizar la licitación, preparar los documentos técnicos necesarios, hacer las gestiones y asesorar a la comunidad de propietarios.

Póngase en manos de personas que puedan resolver las diferentes áreas de asistencia. Hablamos de las desgravaciones fiscales y de las ayudas que el ministerio presta en este ámbito, pero el Ministerio de Transición Ecológica tiene ayudas, por ejemplo, para puntos de recarga de coches y edificios, que son adicionales, es decir, se pueden desglosar de una manera u otra, y en algunos casos también hay ayudas para el autoconsumo. Incluso las municipales, que suelen estar ya anunciadas, pueden requerir diferentes áreas de asistencia y una persona especial para gestionarlas. Es muy difícil encontrar una comunidad de propietarios que tenga la capacidad, el tiempo y la dedicación para poner en marcha este puzzle.

¿Cuáles son los requisitos para obtener una subvención para la rehabilitación de viviendas? ¿Qué tipo de renovación hay que hacer?


Tiene que ser un enfoque integral de la renovación. Hay varios pasos que hay que dar para poder optar a una subvención. La primera es si la renovación es sólo en una casa o piso. En este caso, el nivel de ayuda es algo menor, pero se dispone tanto de ayudas directas como de créditos fiscales. También en este caso, es cierto que las micromejoras en la vivienda, como la sustitución de ventanas en combinación con un sistema de aire acondicionado, permitirán obtener ayudas, así como créditos fiscales.

Sin embargo, son más potentes cuando actúan sobre todo el edificio, ya sea una vivienda unifamiliar o un edificio de apartamentos. Si se actúa sobre todo el edificio, el consumo de energía no renovable debe reducirse al menos en un 30%. Pero si, por ejemplo, una combinación de edificio y clima puede lograr un 60% de ahorro, el porcentaje y la cuantía de la ayuda serán mucho mayores.

En otras palabras, debe realizar un análisis técnico en función del valor máximo que puede alcanzar su edificio. Si su edificio puede lograr una reducción del 60% del consumo, esto significa, por ejemplo, intervenir en la fachada, en el tejado, en el equipamiento, es decir, reparaciones que ya son complejas pero que no afectan al interior de la vivienda. En este caso, el importe de la ayuda se limitará al 80% de la inversión, y el límite de ayuda será de unos 19.000 euros. Si la reducción del consumo es sólo del 30%, la renovación de la vivienda se subvencionará en un 45%. En caso contrario, si el ahorro es del 45%, la subvención será del 60%.

En combinación con la desgravación fiscal, esto significa que los ciudadanos pagarán la misma cantidad independientemente de su nivel de ahorro.

Como ejemplo concreto, si una persona invierte 28.000 euros en una casa y consigue un 60% de ahorro energético mediante una combinación de ayudas directas, créditos fiscales o préstamos bancarios, tendrá que pagar 3.700 euros. Si el objetivo es conseguir un 30% de ahorro energético, se necesitarían 3.700 euros.

Por lo tanto, tratar de maximizar el ahorro redunda en beneficio de la comunidad y de todos. En otras palabras, cuanta más energía podamos ahorrar, mejor. Así que no nos arriesguemos. La mayor desgracia es que la renovación no suele ser la mejor solución. Es una pena porque ya no se puede reparar. Es muy difícil que la comunidad de propietarios se decida a renovar de nuevo en un corto periodo de tiempo. Esto significa que la ayuda está destinada a maximizar y optimizar el enfoque de la rehabilitación.

Y este límite de 18.000 o 19.000 euros por unidad, 14.000 euros para el nivel intermedio y 9.000 euros para el más bajo, tiene el matiz de que no incluye necesariamente sólo las obras que van a ahorrar energía como resultado directo. Es decir, también puede incluir trabajos sobre accesibilidad, medio ambiente, salud y seguridad. En otras palabras, hay espacio para todos.

¿Qué estrategias utiliza el gobierno para mejorar todo un barrio?


La mejora a nivel de barrio se ha realizado en las llamadas ARRU (Regiones de Renovación y Revitalización Urbana) con financiación del ministerio durante los últimos 10 años. Pero ahora el matiz es que tienen que incluir normas de eficiencia energética. Así que esta es una oportunidad no sólo para rehabilitar el propio edificio, sino también la ciudad y el distrito. Porque, en última instancia, el objetivo es que la rehabilitación de los espacios públicos no esté estrechamente vinculada a la rehabilitación de las viviendas, ya que a menudo estas zonas, estos barrios, suelen tener el entorno construido de menor calidad y las familias con los niveles socioeconómicos más bajos. Pero el verdadero objetivo es integrar los barrios más vulnerables en la ciudad, romper la burbuja de vulnerabilidad que a menudo se produce (a veces por culpa de los propios edificios).

Y eso es lo que ocurre en todas las ciudades de España. Todas las ciudades tienen barrios, edificios en mal estado y cuyos residentes no tienen forma de repararlos, lo que crea bolsas de vulnerabilidad. Esto significa que las familias que no pueden hacer frente a la situación porque viven mínimamente o están en paro recibirán una ayuda social financiada al 100%. Es muy importante que nadie se quede atrás.

Y hay otra cuestión que siempre ha sido un obstáculo muy importante para esta ayuda. Hay otra cuestión que siempre ha sido una barrera muy importante para estas ayudas y es que estas ayudas no son deducibles fiscalmente. Esto significa que las personas que reciben una ayuda de este tipo no tienen que incluirla en la base imponible de su declaración de la renta en los próximos años. Estas ayudas no son deducibles porque se consideran ayudas estratégicas para edificios estratégicos del país para renovar el parque inmobiliario y renovar la ciudad.

Creo que tiene que ver con la nueva Bauhaus, que la Comisión Europea está tratando de promover, y el programa urbano español. Este programa trata básicamente de la calidad del entorno construido, la calidad de las ciudades y la calidad de la vivienda.

¿Cuáles son los verdaderos retos a los que se enfrenta el sector profesional de la construcción en la actualidad? ¿Qué apoyo e instrumentos puede proporcionar el gobierno para satisfacer la enorme demanda de reurbanización?


Será un gran reto y un éxito si logramos nuestro primer objetivo de estimular la demanda. Pero también es cierto que el sector debe estar preparado para satisfacer esta demanda.

Creo que el sector se ha hecho muy fuerte porque ha sobrevivido a la crisis financiera. Es cierto que muchas empresas se derrumbaron y nos vimos muy afectados. Sin embargo, el sector de la construcción ha salido de la crisis con un perfil completamente nuevo, con la idea clara de que debe centrarse en actividades anticíclicas como la renovación, en conceptos como la sostenibilidad, la digitalización, la educación, la igualdad y la participación de la mujer en la construcción y la renovación. La digitalización y la industrialización son necesarias para lograr este objetivo.

Nos enfrentamos a un gran reto para el sector. Pero viendo cómo se ha reformado el sector desde la última crisis, estoy convencido de que es una oportunidad para que el sector no esté expuesto a estos ciclos, que tienen un gran impacto en la mano de obra, tienen un gran impacto en los materiales, tienen un impacto en todos los procesos que vemos. Creemos que la oportunidad está en cómo reformar el sector para que pueda resistir estos procesos.

La realidad es que el tiempo se agota. Y también es cierto, creo, que ahora hay dificultades que tenemos que superar de vez en cuando en términos de logística y materiales.

Hemos perdido un millón de puestos de trabajo en el sector de la construcción desde 2007 hasta hoy. Pero no los necesitamos si podemos restablecer una proporción significativa de ellos, especialmente si podemos restablecer suficientes cualificaciones y conceptos de interés para los jóvenes, de modo que puedan esperar empleos cualitativamente mejores con formas de trabajo más industrializadas, menos duras y menos exigentes físicamente. Será una oportunidad para que el sector se renueve de nuevo. Y realmente creo que lo que el sector está trabajando es tanto una buena comprensión del problema como una predicción y asunción de una posible «muerte del éxito».

El ataque a empresas aumentó considerablemente en 2021, negocio rentable en la Dark Web.

ciberseguridad

En la era de las pandemias, la ciberdelincuencia sigue creciendo a pasos agigantados. El fraude cibernético y la explotación de las vulnerabilidades están más extendidos que nunca. Más recientemente, han surgido incluso nuevos tipos de ciberdelincuentes. Además, algunos de ellos prometen reconstruir empresas que llevan mucho tiempo perdiendo cientos de miles de millones de euros cada año. Esto incluye, por ejemplo, a los delincuentes implicados en la venta de credenciales pirateadas y el acceso directo a empresas e instituciones de todo tipo y tamaño. Un modelo de negocio que prospera en los foros clandestinos de la Dark Web.

La empresa de ciberseguridad Trend Micro ha realizado recientemente una investigación sobre este fenómeno. Para desarrollar el producto, examinamos más de 900 anuncios de acceso de enero a agosto de 2021 de varios foros de ciberdelincuencia en inglés y ruso.» En la segunda mitad de 2020, los fenómenos comenzarán a aparecer tímidamente, pero será en este año cuando se vuelvan más frecuentes. David Sancho, investigador de amenazas de Trend Micro y coautor del estudio, explica a ABC: «Estamos viendo que muchos ciberdelincuentes salen de la nada.

Estos ciberdelincuentes se dedican esencialmente a proporcionar un medio para que los atacantes accedan a los objetos y los pirateen. No pertenecen a ningún grupo de ciberdelincuentes en particular, simplemente encuentran formas de atacar a las empresas e instituciones y las ofrecen a diferentes precios en función del tamaño y el interés de la víctima. Según la investigación de Trend Micro, el precio medio es de 8.500 yenes, pero el acceso más barato está en el rango de los 10 dólares. Algunos de los más interesantes llegan a los 100.000 dólares.

Los ciberdelincuentes especializados en este tipo de negocios pueden acceder de diversas maneras. Según Trend Micro, suelen compartir la fuente de sus credenciales en foros. Pueden ser de dominio público, compartirse con otros ciberdelincuentes, explotarse a través de vulnerabilidades u obtenerse mediante otros tipos de ataques. No pretendemos aprovecharnos de ellos. Buscan formas de acceder a redes que puedan interesar a otros. Lo revenden a gente que quiere monetizarlo», señala Sancho. El investigador también señala que estos ciberdelincuentes no trabajan para terceros, sino que «muchos de ellos, tras conseguir un acuerdo lucrativo con un grupo concreto, crean alianzas entre ellos y se ofrecen algo a los demás».

Los centros educativos más influyentes

Hay muchos grupos profesionales diferentes en el sector del acceso. Según Trend Micro, hay tres en particular. En primer lugar, hay vendedores oportunistas que se centran en obtener un beneficio rápido y sólo operan con un acceso; en segundo lugar, hay operadores de acceso especializados que ofrecen acceso a múltiples objetivos y utilizan redes más especializadas. Por último, hay tiendas online que ofrecen acceso a una sola máquina, en lugar de a toda una red u organización.

Según un estudio de Trend Micro, la oferta de credenciales y accesos es especialmente elevada en el sector educativo, con un 36% de los anuncios analizados en todo el mundo. Los colegios son un objetivo ideal porque son un tesoro de información personal, como datos financieros, tarjetas médicas y números de la seguridad social, que pueden venderse o pedir un rescate en los foros de ciberdelincuencia», afirma la empresa en sus conclusiones.

Este es el caso, sobre todo, de los centros educativos españoles, donde la cifra desciende al 26%. En nuestro país, le siguen la publicidad (20%), que permite el acceso a plataformas gubernamentales, y la fabricación (15%).

Sancho afirma que, si bien los ciberdelincuentes solían tener que hacer un gran esfuerzo para entrar en sus objetivos, los nuevos proveedores de acceso están facilitando mucho esta tarea. También son más rentables. Afectará a la forma en que muchos ciberdelincuentes enfocan su negocio. Ahora podemos contratar a la gente que ya está en ello para que nos diga cómo atacar a las víctimas que nos interesan.

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